Jesús y las mujeres
Antonio Piñero

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La situación de la mujer en el Israel del siglo I

Antes de abordar directamente los pasajes evangélicos que de una u otra manera nos informan sobre Jesús y su relación con las mujeres, parece conveniente ofrecer un panorama de la situación de éstas en el Israel del siglo I.

Los datos para la elaboración de esta visión general proceden de diversas fuentes, tanto de los Evangelios mismos, como del Nuevo Testamento entero, no sólo los Evangelios, de Flavio Josefo, y sobre todo de la Misná (a veces completados por el Talmud), y pueden encontrarse en diversos estudios sobre las mujeres de esta época citados en la Bibliografía.

Es importante aclarar qué son estas dos últimas fuentes.

La Misná es la colección de sentencias, opiniones y dichos de los primeros rabinos —de los que se tiene noticia desde el siglo II a.C. hasta el II d.C.— que comentan e interpretan cuestiones acerca de la «Ley», la legislación atribuida a Moisés, contenida en los cinco primeros libros de la Biblia.

Desgraciadamente para nuestros propósitos, los dichos de rabinos que pertenecen al siglo I de nuestra era son muy pocos en comparación con los de los rabinos posteriores. Por ello, las noticias que ofrezcan sobre la situación de la mujer sólo podrán utilizarse cuando se sospeche con razón que pertenecen a aquella época, o bien —si es posterior— cuando se crea que la situación era igual cien o doscientos años antes. También se debe tener en cuenta que los datos utilizados sean «reales», y que no procedan meramente de un debate académico entre los rabinos posteriores al siglo I con poca o nula conexión con la realidad de ese siglo. La lengua de la Misná es el hebreo.

El Talmud es un amplio comentario judío en muchos volúmenes y en dos versiones —una hecha en Jerusalén, otra en Babilonia— a las sentencias de los primeros rabinos conocidos sobre la interpretación de la ley de Moisés recogidos fundamentalmente en la Misná. La lengua mayoritaria del Talmud es el arameo con secciones en hebreo. Se trata de discusiones legales o de historias edificantes de rabinos que contribuyen a entender bien la Ley y la religión judía en general y que incitan a la piedad.

La situación de la mujer en Israel en el siglo I de nuestra era se incardina en el mismo marco que regía las relaciones sociales en el mundo antiguo en general y en el Mediterráneo oriental en particular.

Este marco se hallaba caracterizado, primero, por la noción de estatus o clase, como algo «natural», generado por la naturaleza misma e inmutable. La norma era que cada uno debe comportarse según su estatus o clase: el varón como varón y la mujer como tal. Este comportamiento está definido por la diferencia corporal, y en principio se rige por la idea de que «la mujer es inferior —peor— al varón en todo» (Flavio Josefo, Contra Apión II 201).

La segunda coordenada es la del honor frente al deshonor y la vergüenza. Se tiene «honor» si uno se comporta como se espera de él y de su estatus, y según las normas usuales que reconoce el grupo social al que pertenece. Se padece deshonor y vergüenza cuando alguien no se comporta según lo que su sexo y estatus social hacen esperar de él.

En la sociedad mediterránea de la época la consecución activa del honor debido era ante todo una cuestión masculina: el varón debe actuar positivamente para conseguirlo y retenerlo. La mujer, por el contrario, tiene una postura más bien pasiva: la mujer ante todo debe salvaguardar su honor, que le es concedido por la sociedad, en especial por su familia: el padre, el marido o los hijos. Si no se actúa correctamente, tanto el varón como la mujer caen en el deshonor o la vergüenza.

La mujer en la familia

La norma general se encierra en la afirmación de que el mundo de la familia —y no la vida pública, reservada a los varones— era el ámbito natural de la mujer en el Israel del siglo I. Es conocido que la mujer pasaba normalmente de ser soltera y considerada casi como una propiedad del padre, a casada y casi propiedad del marido.

Con alguna que otra excepción y en líneas generales, como la mujer pasaba de una familia a otra, no tenía derecho a heredar bienes o nombre de familia, sino sólo a ser mantenida por el padre y luego por el marido. La familia estaba destinada a conservar el «apellido» o línea genealógica del marido, por lo que la mujer perdía también el nombre que había tenido como soltera.

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